Con el iluso propósito de que el análisis de esta cuestión no tenga reminiscencias de carácter político, en el comentario de hoy pretendo realizar un breve análisis del tratamiento que de la diversidad educativa se hace en la tan controvertida Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa.
En primer lugar, señalaré que en la Lomce, dentro de su título II (Equidad en la educación) se incluye un capítulo 1º (Alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo) que regula la atención educativa al alumnado que presenta este tipo de necesidades.
Básicamente, el concepto de alumno con NEAE no cambia con respecto a leyes anteriores, aunque en el concepto de los mismos se incluye por primera vez una alusión expresa a los trastornos graves de conducta y se establece por primera vez una sección independiente para los alumnos con altas capacidades intelectuales. Salvo estas cuestiones, el resto del texto legislativo es similar a leyes anteriores.
Os dejo tres enlaces, uno de orientación andujar que realiza un estudio del tema expuesto, un segundo enlace con una presentación del contenido fundamental de la LOMCE y un tercer enlace con el texto completo de la LOMCE y sus diferencias con la anterior LOE realizado por el sindicato ANPE, por si os aburrís mucho con la lluvia de este fin de semana.
1.Estudio de la diversidad en la Lomce por Orientación Andujar
2.Presentación del ministerio de Educación con el contenido básico de la LOMCE
3.Estudio comparativo LOE-LOMCE por Anpe
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